Farmacity en lucha

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Trabajadores de Farmacity

lunes, 20 de julio de 2009

Tus derechos: Parte 1

Tus Derechos

1. Retroactivo de 2 (dos) años por derechos incumplidos.

Todo trabajador que se haya visto PERJUDICADO POR PRACTICAS DESLEALES de parte de la patronal (Ej.: horas nocturnas impagas o pagadas deficientemente, adicionales de todo tipo calculados sobre el salario básico sin tomar en cuenta la antigüedad, horas extras no retribuidas, compensaciones con el items “a cuenta de futuros aumentos” por traspasos de categorías, antigüedad, adicionales, etc, feriados calculados incorrectamente, periodo de descanso de la mujer trabajadora de media hora impagas durante años, etc) podrá reclamar, instancia judicial de por medio, el RETRACTIVO DE 2 (AÑOS) de todos estos derechos incumplidos, conservando su puesto de trabajo tal como lo hicieron, por ejemplo, los trabajadores de la Policía Federal Argentina, y a partir de ese momento en adelante, obtener que se liquide correctamente en tu recibo de sueldo todos estos derechos lo que significara aumentar de manera real el poder adquisitivo del trabajador y terminar con tantos años de injusticias y apropiación ilegitima del salario del empleado para de esta manera devolverle al trabajador una REPARACIÓN HISTORICA PENDIENTE.
Todo aquel que desee realizar este proceso, se puede sumar a la demanda iniciada por Juan Pablo Juárez y que comenzó con el intercambio de cartas documentos con Farmcity S.A. o realizarla junto con la Asociación en la demanda colectiva que se encuentra en proceso. Se darán los detalles oportunamente.


2. Sanciones (apercibimientos y suspensiones)

Las sanciones, ya sean apercibimientos o suspensiones, NUNCA DEBEN FIRMARSE EN EL LOCAL; el empleador debe notificar fehacientemente al domicilio del trabajador, mediante telegrama, los motivos de la sanción.
Una vez que el empleado toma conocimiento por este medio de la sanción, tendrá 30 dias para hacer su descargo y refutar la misma, lo que le permitirá suprimirla o dejarla sin efecto.


3. Feriados

Los dias feriados SON OPTATIVOS para el trabajador, es decir, quien no quiera trabajarlo, se puede tomar el día.
Para calcular el valor de un día feriado, se debe sumar el sueldo bruto (se toma solo los items remunerativos) y dividirlo por 25, lo que dará el importe de un día feriado trabajado.




4. Certificados por ausencia laboral (enfermedad, dias de examen, mudanza, donación de sangre, etc.)

Todo trabajador que por razones de enfermedad (personal o familiar), dias de examen, mudanza, nacimiento u otra licencia permitida no haya concurrido a su lugar de trabajo, debe presentar el certificado correspondiente y tendrá el derecho de exigir al responsable o representante de la empresa o local, que FIRME Y SELLE UNA COPIA de la constancia (que quedara en poder del empleado) presentada al empleador o responsable (el certificado original quedara en manos de este ultimo).


5. Descanso semanal

BAJO NINGUN CONCEPTO es atribución del empleador disponer del franco semanal del trabajador y quitárselo para luego entregárselo la semana entrante.


6. Periodo de descanso entre cada jornada laboral

Entre cada jornada laboral debe haber un periodo de DESCANSO NO MENOR A 12 (DOCE) HORAS. Ej.: el empleado trabaja el día lunes de 14 a 22 hs, este no puede volver a realizar tareas sino después de 12 horas (tendría que regresar al trabajo luego de las 10 de la mañana del día siguiente).


7. Cambios de horarios y lugar de trabajo.

Todo trabajador perjudicado material o moralmente por cambios en las modalidades de trabajo (cambio de horarios, lugar o condiciones de trabajo) podrá exigir el REESTABLECIMIENTO DE LAS CONDICIONES ALTERADAS, las cuales el empleador deberá respetar.


8. Fallo de caja (Pago Fácil).

Todo cajero que registre un faltante en su caja de Pago Fácil, NO SE LE PODRÁ DESCONTAR, bajo ningún concepto, suma de dinero alguna.
Las sanciones solo serán aplicables en aquellos casos que el monto del faltante supere el 10% del salario básico

1 comentario:

  1. los faltantes de pago facil no se descuentan ??? pero cuando firmo las novedades m suman lo de caja mas lo de pago no deberia firmarlo ????

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